“Después de las diferentes
quejas y peticiones interpuestas por la comunidad del barrio Santa Catalina,
respecto a la contaminación ambiental que se presenta en el caño Maizaro, el
cual atraviesa gran parte del perímetro urbano de la cuidad, con altos índices
de contaminación y afectando de esta manera a toda una comunidad”. Afirma presidente
de acción comunal de la Urbanización, el señor Fernando Pinzón.
Empezando por la violación
del artículo 79 de la Constitución Política de Colombia, que da referencia al “derecho
de un ambiente sano y es obligación del estado garantizar y proteger la
diversidad e integridad del ambiente, de esta manera se protege a los afectados”.
Según una investigación que
se ha elaborado, se planteo una primera hipótesis, el cual se centra en que un
tramo que atraviesa el caño se sitúa a un costado de la morgue municipal, de lo
cual se deduce que esta entidad aprovecha para despojar algunos de los residuos
por medio de las aguas del caño; restos que se terminan de descomponer y no
solo genera infección a las aguas, a los habitantes, sino a todo un entorno ambiental,
desde el aire hasta algunos animales que se alimentan de las mismas.
A pesar de bastantes quejas,
no solo de las Urbanización Santa Catalina, sino de otros barrios aledaños que
de igual forma se ven afectados, no se ha visto ningún tipo de preocupación e
intervención por parte de la administración municipal y de Cormacarena, quien
es la corporación encargada de regular y solucionar los temas ambientales del
departamento del Meta.
Por el momento se sigue
viviendo la misma situación que años atrás sin ver interés alguno de dar
solución a esta problemática que cada día se hace más fuerte e incómoda para la
sociedad.
“Respecto a la hipótesis
planteada lo que se ha llegado a concluir si es la morgue la que esta ocasionando este problema, no cuenta con cajas
de aforo e inspección con la adecuada separación de redes hidráulicas, según lo
ordena la resolución 14,47 del 2009, por lo que se toma como opción arrojar
estas aguas a campo abierto, lo que está permitido por la ley que el
vertimiento de aguas con residuos especiales y peligrosos en el alcantarillado
o fuentes receptoras, no podrá hacerse sin haberlas sometido a tratamiento
previos, disconformidad con las disposiciones ambientales y sanitarias sobre la
materia” Asevera abogada Mayra Ramírez, quien conoce la problemática.
Por lo cual se puede
percibir que la morgue no estaría cumpliendo con el debido tratamiento que se
requiere realizar a estos líquidos y desechos antes de arrojarlos.
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