Quejas por el mal servicio de las EPS en Villavicencio se han multiplicado y son muchos los usuarios que han tenido que recurrir a los derechos de petición o acción de tutela para que hagan valer sus derechos.
Juliana Álvarez Rodríguez* usuaria de Coomeva le negaron la licencia de maternidad a la cual tenía derecho por el mínimo vital de la mujer ya que solo había cotizado 7 meses y medio sin interrupción "Me parece algo injusto lo que hacen las EPS con las mujeres en Colombia ya que a muchas no conocen decretos, por esto no pueden hacer valer sus derechos" dijo Juliana*, ella tuvo que recurrir a la Acción de Tutela para que le reconocieran su licencia de Maternidad por el mínimo vital de la mujer.
La ley dice lo siguiente sentencia T-049 de 2011. En donde dice que la mujer en Colombia tiene derecho a la salud y a la vida pero cuando le niegan la licencia de maternidad le están negando el derecho a la Vida y Salud por tal razón la corte dice que las EPS deben reconocerle la licencia de maternidad a las mujeres sin importar que no haya cotizado todas las semanas de gestación la acción la debe presentar antes de que el menor cumpla un año de edad.
Después de que el juez fallo a favor de Juliana* en donde ordenaba a Coomeva el respectivo pago de la licencia de incapacidad proporcional al tiempo cotizado decía que debían ser 2 días hábiles para el respectivo pago Coomeva EPS tardo en el pago sino que dejo pasar más de mes y medio para hacer su respectivo cheque donde pagaba la licencia de maternidad.
Por: Jeisson Andrés Pérez Sanmartín.
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